La Justicia europea exige a España indemnizaciones más altas por abusar de la temporalidad en el sector público

La temporalidad se dispara hasta el 60% en las empresas públicas.
Más de un millón de trabajadores llevan muchos meses esperando el pronunciamiento de la Justicia europea sobre sus condiciones laborales y la fijeza o no de sus contratos en el sector público, en el que uno de cada tres sufre temporalidad en sus trabajos (32%), con encadenamiento de contratos durante años, décadas e incluso durante toda su vida laboral. Ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado respuesta a las dudas planteadas por el Tribunal Supremo sobre si la legislación española abusa del contrato temporal y determina que España no sanciona «debidamente» estos abusos ni tampoco resarce adecuadamente a los afectados. No da, sin embargo, soluciones al problema, e insta al Alto Tribunal a que determine otras vías sancionadoras para compensar estas prácticas, lo que, por un lado, deja la puerta abierta a considerar por los juzgados españoles las exigencias de fijeza en los contratos de los afectados y, por otro, prepara el terreno para un aluvión de recursos.

El Tribunal sí considera que la figura del «indefinido no fijo» no es una una vía adecuada ya que en ningún caso soluciona el problema de la precariedad del trabajador. Según la sentencia, el empleado sigue ocupando un puesto temporal que finalizará cuando se cubra la plaza, lo cual no garantiza la estabilidad laboral que busca proteger el Derecho de la Unión. Estima también que las indemnizaciones por extinción previstas, tasadas en 20 o 33 días por año con límites máximos, no son suficientes. Según el TJUE, el hecho de que estén sujetas a un tope, impide una reparación íntegra y adecuada de los daños, además de que no tendrían un efecto disuasorio real para la administración. Recuerda que estas indemnizaciones solo se pagan si el contrato se extingue, lo que deja fuera a casos, por ejemplo, de jubilación.

El tribunal afea, por tanto, las herramientas que tiene la Administración española para acabar con la temporalidad. porque «no parecen permitir sancionar debidamente esta utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión». No le sirve ni «la transformación de estos contratos en una relación laboral indefinida no fija; ni el pago de indemnizaciones al trabajador en el momento de la extinción de la relación laboral; ni el régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas y la convocatoria de procesos selectivos que tienen en cuenta la experiencia anterior del trabajador y el tiempo de servicio dedicado por este al desarrollo de sus tareas». Ahora le tocará decidir al Supremo, aunque el Gobierno ya se ha apresurado a decir que el fallo europeo es «meramente aclaratorio» y no obliga a hacer fijos a los interinos.
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