La FiscalĂa de la Audiencia Nacional se ha personado contra las aerolĂneas en el procedimiento judicial que mantienen con el Ministerio de Consumo. El departamento dirigido por Pablo Bustinduy les impuso una multa de 179 millones de euros por una serie de prácticas que considera abusivas, entre las que se encuentra el cobro por el equipaje de mano.
Las compañĂas en cuestiĂłn son Ryanair, Vueling, EasyJet, Volotea y Norwegian; todas ellas conocidas por sus tarifas low cost, que pueden ofrecer gracias a que exigen un pago adicional por ciertos servicios. El Ministerio de Consumo entiende que esa forma de proceder supone una falta «muy grave», lo que le habilita para imponer sanciones de entre 6 y 8 veces el beneficio obtenido.
Además del suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina, las supuestas prácticas abusivas consisten en cobrar «una tasa desproporcionada y abusiva» a los pasajeros por la impresiĂłn de billetes en los aeropuertos, como ha señalado la FiscalĂa en un comunicado emitido este martes. TambiĂ©n por exigir un pago por la reserva de asientos contiguos en el caso de menores y personas dependientes que necesiten ir junto a sus acompañantes.
El ministerio pĂşblico defenderá, además, que las aerolĂneas no pueden prohibir el pago en metálico en los aeropuertos españoles, avalando la versiĂłn de Consumo. Por otro lado, apunta que las aerolĂneas realizan «omisiones engañosas de informaciĂłn y falta de claridad en los precios publicados tanto en su propia web como de terceros, dificultando la comparabilidad de ofertas de precios a las personas consumidoras y la toma de decisiĂłn por estas».
La sanciĂłn de 179 millones es conjunta, aunque afecta en mayor medida a las compañĂas que gozan de mayor salud financiera. Ryanair, por lo tanto, afronta una multa de 108 millones, alrededor del 60% del total. Le sigue Vueling, con 39 millones. Pero ninguna de las aerolĂneas no está conforme y, tras agotar la vĂa administrativa, impugnaron ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.
Fuentes de Consumo han valorado positivamente el paso dado por la FiscalĂa: «El Ministerio reitera la determinaciĂłn de defender los derechos de las personas consumidoras hasta el final, ante cualquier instituciĂłn e instancia. Nuestro objetivo es que ningĂşn ciudadano en España ni en Europa tenga que volver a pagar por lo que la ley dice que es un derecho. Nuestra actuaciĂłn tambiĂ©n es en defensa de las empresas que cumplen la legislaciĂłn».
Procedimiento paralelo en Bruselas
En paralelo, como informĂł El Confidencial a finales de enero, la ComisiĂłn Europea tiene abierto un proceso, conocido como EU Pilot, que consiste en una peticiĂłn de informaciĂłn a las autoridades españolas para determinar si la multa contraviene la normativa comunitaria. «La ComisiĂłn ha recibido una denuncia de las asociaciones de compañĂas aĂ©reas sobre las sanciones relacionadas con las polĂticas de equipaje de mano de las compañĂas aĂ©reas», explicĂł una portavoz del Ejecutivo comunitario.
El conflicto está en que Consumo basĂł la sanciĂłn en el artĂculo 97 de la ley española de NavegaciĂłn AĂ©rea, donde se estipula la obligaciĂłn «a transportar de forma gratuita en cabina» el equipaje de mano y los objetos que el viajero lleve consigo. Pero las aerolĂneas apuntan al Reglamento 1008/2008, que establece «la libertad de fijaciĂłn de precios», y que, como es una ley europea, prevalece sobre la española. Apoyadas en este planteamiento, las compañĂas trasladaron sus quejas a Bruselas.
Aunque el inicio de un EU Pilot no prejuzga la apertura de un procedimiento de infracción y su objetivo es precisamente determinar si debe abrirse o no, de iniciarse dicho proceso y de no resolverse el conflicto, existe la posibilidad de que el asunto acabe en manos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En última instancia, este tribunal puede llegar a establecer una multa diaria contra el Estado miembro si antes ha dado la razón a la Comisión Europea y el Gobierno nacional persiste.
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