La CNMV multa con 100.000 euros a Bankinter por infracción «muy grave»
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En concreto, la CNMV esgrime que la comisión de la infracción está tipificada en el artículo 99 z bis) de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores y justifica la multa "por la vulneración del deber de actuar con transparencia y diligencia, en interés óptimo de sus clientes, al haber percibido incentivos que no se ajustan a lo establecido en la letra b) del artículo 59 del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero", recoge la resolución.