El Supremo pone coto a los registros de Competencia

 El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que confirma la nulidad parcial de un registro a Colgate Palmolive —realizado a instancias de la autoridad de la competencia, la CNMC— porque los funcionarios se excedieron y requisaron documentación que no tenía que ver con el caso. El tribunal también ha anulado recientemente el registro a dos sedes de Trasmediterránea y a la patronal eléctrica, lo que ha supuesto la revocación de multas de 100 millones.

La ley atribuye al personal de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) poderes de inspección y registro de las empresas y asociaciones y obliga a las empresas a aceptarlas. Pero la norma también exige que la orden de inspección delimite su objeto y finalidad. Los registros a las empresas han sido origen de numerosos litigios con las autoridades de Competencia.

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