El Supremo confirma que una póliza de crédito puede ser nula si hay un error en

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso presentado por el Banco de Valencia contra una sentencia que declaraba nulo el contrato de una póliza de crédito al existir un error, imputable a esa entidad financiera y al banco francés BNP, en la valoración económica de la cartera contratada.

Los hechos que provocaron el recurso ante el TS del Banco de Valencia, con fecha 17 de febrero de 2009, se remontan a hace siete años, cuando una persona heredó una cartera de valores y la entidad bancaria citada, con la información recibida del BNP, le comunicó que su valor ascendía a más de 4 millones de euros.

La persona que supuestamente había heredado esa cantidad y su esposa realizaron disposiciones a crédito y ampliaron otro que ya tenían, garantizándolo por medio de los nuevos valores. Pero al intentar mover los valores, los demandantes recibieron un extracto de la cuenta en la que la valoración pasaba a ser de 2.749.000 euros a 2.749 euros. Después de varias reclamaciones, el matrimonio recibió una carta del banco francés, dirigida al Banco de Valencia, en la que se decía: «les hemos estado informando erróneamente de determinadas posiciones y del valor de mercado de las mismas».

«Se ha debido a un error en el momento de dar de alta los valores de nuestra base de datos y de abonar los títulos en la cuenta del cliente», explicaba el BNP.

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