El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la reforma de la jubilación flexible para facilitar que los jubilados puedan compatibilizar el trabajo con un porcentaje de la pensión. Una de las principales novedades es que incluye por primera vez a los autónomos, y no se limita únicamente a los trabajadores por cuenta ajena. Además, los jubilados no tendrán que esperar un periodo mínimo para volver a la actividad, por lo que podrán hacerlo en cualquier momento.
La nueva regulación, se aplicará a todos los regímenes de Seguridad Social, excepto a los funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia.
La portavoz del Gobierno y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha señalado que «El Gobierno ha aprobado nuevas mejoras en la jubilación flexible para que quienes quieran compatibilizar el empleo y la pensión puedan hacerlo de una forma sencilla y beneficiosa para ellos». Además, ha añadido que esta reforma «ofrece la posibilidad de que las personas que ya están jubiladas, voluntariamente, puedan reincorporarse actividad y compatibilizar su pensión con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o también con la realización de un trabajo por cuenta propia. Esta es una de las novedades, que los autónomos podrán acogerse a esta modalidad que solo estaba disponible para asalariados».
Además, otra de las novedades que incluye la reforma es que, en el caso de los pensionistas que vuelvan a la actividad como trabajadores asalariados a tiempo parcial podrán trabajar entre un 33% y un 80% de la jornada -anteriormente era entre un 25% y un 75%-. Por su parte, también se incluyen mejoras en el porcentaje de la pensión, de forma que un empleado con una jornada entre el 55 y 80% incrementará su nómina de jubilado un 25% adicional, y las que sean entre un 33% y un 55% la incrementarán un 15%.
Por su parte, en el caso del trabajo autónomo, el pensionista podrá percibir hasta 25% de la pensión mientras desarrolla la actividad compatible.
El Real Decreto aprobado en la reunión de hoy entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se enmarca en la reforma de pensiones acordada por el Gobierno y los interlocutores sociales y aprobada en 2024. y es que, dentro de esa reforma se se contemplan diferentes incentivos para mejorar la transición del empleo a la jubilación y favorecer la compatibilidad del trabajo y la pensión, la demora voluntaria o, en este caso, la vuelta al mercado laboral.
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