El Gobierno cambiará la ley para que condenados puedan dirigir entidades

Luis de Guindos

El Ministerio de Economía puso ayer a consulta un real decreto en el que se suaviza los requisitos de honorabilidad, experiencia y buen gobierno de la banca. Y a buen seguro que será polémico. El Banco de España será el responsable de juzgar si alguien cumple o no estas condiciones, que se abren ahora a una cierta discrecionalidad.

Por primera vez, la condición de condenado por delitos dolosos no será motivo suficiente para impedir que un ejecutivo sea banquero. El texto legal establece que tienen honorabilidad para ser banquero “quienes hayan venido mostrando una conducta personal, comercial y profesional que no arroje dudas sobre su capacidad para desempeñar una diligente y prudente gestión de la entidad”.

Si alguno de los candidatos está incurso en proceso penal, se debe analizar “si la condena o sanción es o no firme; la gravedad de la condena o sanción impuesta y la tipificación de los hechos que motivaron la condena”. El texto reclama atención especial si se tratara de delitos contra el patrimonio, blanqueo de capitales, contra la Hacienda Pública, contra la Seguridad Social o infracciones de las normas reguladoras del ejercicio de la actividad bancaria.

El cuarto condicionante hace referencia a si los hechos que motivaron la condena se realizaron “en provecho propio o en perjuicio de los intereses de terceros cuya administración o gestión de negocios le hubiese sido confiada”.

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