La sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Santander que desestimó la demanda de Iberdrola contra Repsol por supuesta publicidad engañosa y que, según la demandante, suponía una competencia desleal es firme, ya que no ha sido recurrida por ninguna de las dos partes del litigio.

Fuentes judiciales confirman a EFE la firmeza de esta sentencia, que es la primera de España en pronunciarse sobre ‘ecopostureo’ en la publicidad, y que, además de desestimar los argumentos de Iberdrola contra Repsol, la condenaba en costas.

En febrero, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Santander desestimó la demanda de Iberdrola contra Repsol al no apreciar en sus comunicaciones y campañas la existencia de una publicidad engañosa, ilícita y desleal que constituyera competencia desleal. El caso se remontaba a febrero de 2024, cuando Iberdrola presentó una demanda contra Repsol centrada en la Ley de Competencia Desleal por supuesto blanqueo ecológico o ‘greenwashing’ en su publicidad.

La demandante alegaba que Repsol se estaba publicitando como un grupo sostenible, líder en la transición energética, que protege el medioambiente y trabaja por la reducción de la huella de carbono y la mitigación de los efectos del cambio climático. Así, Iberdrola reprochaba a Repsol que, pese a promocionar iniciativas sostenibles, en su oferta multiproducto buscara fomentar el uso de carburantes, y afeaba que, por mucho que centrara su publicidad en la sostenibilidad, ésta era un «elemento menor de sus actividades».

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